Areas vidriadas de riesgo
Dónde debe utilizar vidrio de seguridad ?
Se denominan "Áreas vidriadas de riesgo o susceptibles de impacto humano" a todos aquellos vidrios verticales o inclinados
colocados al alcance de los seres humanos y/o cuya rotura
implicaría un riesgo para su integridad física
Estas áreas están preestablecidas por las normas NSR-10
- Los vidrios colocados en puertas
-
Los vidrios en paños adyacentes a puertas que pueden ser
confundidos con un acceso
-
Los vidrios colocados a baja Altura respecto del solado, como
es el caso de los antetechos vidriados de ventanas
Áreas vidriadas de riesgo :
En algunas de estas áreas de riesgo pueden utilizarse
indistintamente vidrios templados o laminados. En otras, como
por ejemplo los cerramientos que van desde el suelo hasta el
techo, sólo pueden usarse los laminados.
Además, todos los vidrios colocados en techos o en fachadas
inclinadas más de 15º respecto de la vertical, sobre áreas de
circulación o permanencia de personas también se consideran
vidriados de riesgo. Por las consecuencias derivadas de su
rotura accidental o intencional, debe usarse siempre vidrio
laminado con PVB.
Los antepechos de balcones y escaleras son casos particulares de
vidrio a baja altura que , en caso de rotura, por su ubicación o
función deben brindar un grado mayor de seguridad manteniendo la
integridad del pañon. Por lo tanto se debe emplear siempre
vidrio laminado con PVB. Las aplicaciones mas frecuentes son los
vidrio bajos barandas de balcones, de circulación -típicas en
centro comerciales - y de escaleras.
Ley de vidrios de seguridad :
Las normas sobre el uso obligatorio de vidrios de seguridad en
edificios fueron puestas en vigor en los países desarrollados a
partir de la década del sesenta. El primer antecedente en esta
materia fue hace cuarenta años en la ciudad de Chicago, Estados
Unidos, a raíz de un accidente fatal ocurrido a una adolescente
que atravesó accidentalmente el ventanal del living de su casa:
el vidrio roto le corto una arteria y la niña murió desangrada.
NORMA DE SISMO RESISTENCIA NSR-10 TITULO K-4